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Zonas de Especial Conservación (ZEC)

Se definen las Zonas de Especial Conservación (ZEC) como aquellos Lugares de Interés Comunitario (LIC) que han sido reconocidos oficialmente por los Estados, a partir de los LIC aprobados por la Comisión Europea. Estos espacios son designados en virtud de la Directiva Hábitats (92/43/CEE) y son lugares que albergan distintos tipos de hábitat naturales o especies de fauna y flora silvestre de interés en la unión europea. Los LIC son declarados ZEC cuando se aprueba su plan de gestión. Estas ZEC deben tener unas medidas especiales para su conservación y mantenimiento.

Con la aprobación del Decreto 13/2021 se declaran las ZEC en Aragón y se aprueban los planes básicos de gestión y conservación de las mismas y de las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la Red Natura 2000, dando lugar en Aragón a la finalización del proceso de conversión de LIC en ZEC.

En Aragón hay 156 áreas declaradas ZEC, con turberas, estepas, hayedos. bosques de pino negro, roquedos de alta montaña, humedales… y pastizales bien conservados, hasta un total de 10.473 kilómetros cuadrados, en parte coincidentes con la superficie de las ZEPA.

Fuente:

La fuente de información utilizada para el presente Documento Informativo Territorial se ha obtenido del Instituto Geográfico de Aragón (IGEAR). http://www.aragon.es

Mapa de "Zonas de Especial Conservación (ZEC)"

Recursos de "Zonas de Especial Conservación (ZEC)"

  • Tipos de Figuras de Protección de la Naturaleza. Gobierno de España
  • Datos sobre zonas de Especial Conservación. Aragón Open Data